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Transparencia CAF Granada


La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, prevé que las Corporaciones de Derecho público, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, estén sujetas al régimen de publicidad activa y pasiva que en ella se establece. En concreto, se aplicará a los Colegios, en cuanto Corporaciones de Derecho público, lo previsto en los Títulos I y II de la Ley. Asimismo, se aplicará al Consejo General y a los Consejos autonómicos. Dentro de las obligaciones dirigidas a las Corporaciones de Derecho Público, se incluyen las obligaciones de transparencia activa establecidas en los artículos 5 al 8 de la Ley, y las obligaciones de transparencia pasiva reguladas en los artículos 17 y siguientes.

La Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTBG), en el ámbito concreto de las Corporaciones de Derecho Público (Art. 2 apartado e), tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad sujeta a derecho administrativo y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a dicha actividad.

Todas las Administraciones Públicas, entidades del sector público, órganos constitucionales (incluida la Casa de Su Majestad el Rey) y sus equivalentes a nivel autonómico, así como Fundaciones del Sector Público, Asociaciones constituidas por Administraciones Públicas o Sociedades Mercantiles con participación pública mayoritaria, las Corporaciones de Derecho Público, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, están obligadas a cumplir la Ley de Transparencia. Es decir, deben publicar la información que la Ley menciona y, además, responder a las solicitudes de información que se presenten.

Es la plataforma por la que podrás acceder a la información institucional, organizativa, económica, presupuestaria…. relativa a los actos de gestión administrativa actualizada, de mayor relevancia del Colegio Administradores de Fincas Granada, conforme a la Ley 19/2013 (Capitulo II).

El portal está dirigido a los abogados o ciudadanos que deseen obtener información relativa al funcionamiento del Colegio, normas estatutarias, código deontológico, información económica… o realizar trámites relacionados con el Colegio de Abogados de Granada.

Información institucional


¿Qué es el colegio?

El Colegio de Administradores de Fincas de Granada se fundó en cumplimiento del Real Decreto 1612/1981, de 19 de junio, por el que se autoriza la constitución de Colegios Territoriales de Administradores de Fincas y del Consejo General de Colegios.
El Ilustre Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada es una Corporación de Derecho Público, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que engloba al colectivo de profesionales que ejercen la función de administradores de comunidades de propietarios y de inmuebles de carácter urbano y rústico y en régimen de alquiler.
El Colegio se rige por el Decreto 693/1968, de 1 de abril, por el que se crea el Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas; el Real Decreto 392/1977, de 8 de febrero, por el que se modifica parcialmente el Decreto de creación del Colegio; Real Decreto 1612/1981, de 19 de junio, por el que se autoriza la constitución de Colegios Territoriales y del Consejo General de Colegios; Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía y los Estatutos colegiales aprobados en la orden 2 de octubre de 2008 publicada en el BOJA el 27 de Octubre de 2008 y su modificación aprobada en la orden 14 de febrero de 2012 y publicada en el BOJA el 9 de marzo de 2012.

En lo no previsto especialmente, serán aplicables las normas contenidas en la Ley de Colegios Profesionales de ámbito estatal (Ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero) y autonómico y demás disposiciones legales, de general y particular aplicación.

Funciones del colegio

Son funciones específicas del Colegio en su ámbito territorial.

a) Ordenar, en el ámbito de su competencia territorial, la actividad profesional de los colegiados, velando  por la ética y dignidad profesional de los mismos y por la  conciliación de sus intereses con el interés social de la profesión y los derechos de los usuarios, ejerciendo la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial.

b) Ostentar en su ámbito territorial la representación y defensa de la profesión ante las Administraciones Públicas, Corporaciones, Tribunales y particulares, con plena legitimación para ser parte en cuantos litigios y cuestiones afecten a los intereses profesionales y colegiales, y ejercitar el derecho de petición, con arreglo a la ley.

c) Aprobar sus Estatutos y Reglamentos de Régimen Interior, así como sus modificaciones.

d) El cobro de los honorarios profesionales de los colegiados devengados en el ejercicio libre de la profesión  se hará cuando el colegiado lo solicite libre y expresamente, a través del Colegio, y en las condiciones que se determine por su Junta de Gobierno.

e) Llevar un registro de todos los colegiados, con la observancia debida a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, por la que se regula la protección de datos de carácter personal.

f) Facilitar a los órganos jurisdiccionales y  Administraciones Públicas la relación de colegiados que puedan ser requeridos para intervenir como peritos.

g) Adoptar medidas tendentes a evitar el intrusismo profesional y la competencia desleal dentro del ámbito de la profesión.

h) Arbitrar o mediar, cuando las partes lo soliciten, en la resolución de controversias por la actuación profesional con los usuarios ó entre colegiados, de acuerdo con la normativa vigente en materia de arbitraje.

i) Adquirir y poseer toda clase de bienes, enajenarlos, gravarlos y administrarlos según convenga a sus intereses profesionales y económicos.

j) Regular su régimen económico y financiero estableciendo y exigiendo las aportaciones económicas de los colegiados, tanto ordinarias como extraordinarias, entre las que se encuentran las de acceso, de fianzas de los colegiados ejercientes, y otros; elaborar y aprobar sus presupuestos anuales de ingresos y gastos,  administrar los recursos del Colegio y elaborar una memoria anual que deberá hacerse pública en el primer semestre de cada año con los contenidos que establezca la normativa vigente y en la que al menos se incluirá la gestión económica .

k) Adoptar las medidas necesarias para garantizar que sus colegiados cumplan con el deber de aseguramiento al que se refiere el Art. 27.c) de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.

l) Informar los proyectos normativos de la comunidad autónoma sobre las condiciones generales del ejercicio profesional o que afecten directamente a los colegios profesionales.

ll) Participar en los órganos consultivos de la Administración, cuando sea preceptivo o ésta lo requiera.

m) Organizar cursos y demás actos, encaminados a la formación permanente y reciclaje profesional.

n) Relacionarse y coordinarse con otros colegios profesionales, integrándose en uniones profesionales y otras organizaciones relacionadas con los fines de la profesión, y de las profesiones liberales en general.

ñ) Disponer de un servicio de atención a los colegiados y a los consumidores y usuarios.
ñ. a ). El Colegio atenderá las quejas y reclamaciones formuladas por sus colegiados.
ñ. b). Igualmente, el Colegio dispondrá de un servicio de atención a los consumidores o usuarios que, necesariamente, tramitará y resolverá cuantas quejas y reclamaciones referidas a la actividad colegial o profesional de los colegiados se presenten por cualquier consumidor o usuario que contrate los servicios profesionales, así como por las asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios en su representación o en defensa de sus intereses. A través de dicho servicio el Colegio resolverá la queja o reclamación, según proceda, informando sobre el sistema extrajudicial de resolución de conflictos que se hubiera establecido, bien remitiendo el expediente al órgano colegial competente para acordar instruir el oportuno expediente informativo o disciplinario, o bien archivando o adoptando cualquier otra decisión conforme a derecho.
ñ. c). La presentación de quejas y reclamaciones podrá realizarse por vía electrónica y a distancia, a través de la ventanilla única.

o) Suscribir con entidades, colegios profesionales y organismos públicos y privados, cuantos convenios se estimen oportunos para la prestación u obtención de mejoras para los profesionales o del propio Colegio.

p) Informar en los procedimientos administrativos o judiciales, cuando sea requerido para ello o cuando se prevea su intervención con arreglo a la legislación vigente.

q) Organizar actividades y servicios comunes de carácter profesional, cultural y análogos, que sean de interés para los colegiados, así como posibilitar mediante convenios con instituciones y empresas, ó mediante norma colegial  al efecto, el acceso a prestaciones asistenciales, de previsión, ayuda, y de cobertura de posibles responsabilidades de toda índole, contraídas por los mismos en el ejercicio profesional.

r) Cumplir y hacer cumplir a los colegiados las leyes generales y especiales y los estatutos colegiales y reglamentos de régimen interior, así como los acuerdos adoptados por los órganos colegiales en materia de su competencia.

s) Disponer de una ventanilla única para efectuar entre otros, la realización de forma electrónica y a distancia de trámites y obtención de información en la forma establecida por la normativa vigente para prestadores y destinatarios de servicios.
El Colegio dispondrá de una página web para que, a través de la ventanilla única prevista en  la Ley 25/2009, los profesionales puedan realizar todos los trámites necesarios para la colegiación, su ejercicio profesional , la tramitación asuntos diversos , así como su baja en el Colegio, a través de un único punto, por vía electrónica y a distancia.

t) Elaborar la carta de servicios de la ciudadanía conforme al artículo 22 del Decreto 216/2006, de 12 de Diciembre, por acuerdo de la Junta de Gobierno que deberá ser ratificado por informe del Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas.

u) Cuantas otras funciones determine la Junta de Gobierno y en su caso la Junta General, que estén orientadas a promover y beneficiar los intereses colegiales o profesionales, o las que vengan dispuestas o reconocidas por la legislación aplicable.

Fines del colegio

Son fines esenciales del Colegio, dentro de su ámbito territorial:

a) La ordenación del ejercicio de la profesión dentro del marco legal respectivo en el ámbito de sus competencias.

b) La representación y defensa de los intereses generales de la profesión, así como de los intereses profesionales de los colegiados.

c) Velar por el adecuado nivel de calidad de las prestaciones profesionales de los colegiados.

d) Cooperar en la mejora y realización de los estudios que conducen a la obtención de los títulos habilitantes para el ejercicio de la profesión.

e) Colaborar con las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, en los términos previstos en las leyes.

f) Controlar que la actividad de sus colegiados se someta a las normas deontológicas de la profesión.

g) La protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de los colegiados.

organigrama colegiados

CARGO

PRESIDENTE

VICEPRESIDENTE 1º

VICEPRESIDENTE 2º

VICEPRESIDENTE 3º

SECRETARIO Y ASESOR JURÍDICO

TESORERO

CONTADOR-CENSOR

VOCAL 1º

VOCAL 2º

VOCAL 3º

VOCAL 4º

VOCAL 5º

NOMBRE DEL COLEGIADO

D. Rafael Martín-Ambel Gómez

 

D. Francisco J. Sánchez Rodríguez

D. Diego Ruiz Linares

D. Juan Luis del Moral Cambil

D. Antonio Hormigo Cobos

D. Antonio Jiménez Hoces

D. José Saez Maldonado

Dña. Mª del Mar Contreras Rodríguez

Dña. Mariana Carabaño Moral

Dña. Carmen Aguirre Dionisio

Dña. Rosa Mª Cantón Martín

Comisiones de trabajo

Dña Mª del Mar contreras Rodríguez

D.  Rafael Martín-Ambel Gómez

D. Juan Luis del Moral Cambil

D. Antonio Hormigo Cobos

D. Diego Ruiz Linares

D. José Sáez Maldonado

D. Pablo González Poyatos

Dña. Rosa María Cantón Martín

D. Rafael Martín-Ambel Gómez

D. Juan Luis del Moral Cambil

Dña Mª del Mar contreras Rodríguez

D.  Rafael Martín-Ambel Gómez

D. Juan Luis del Moral Cambil

D. Antonio Hormigo Cobos

D. Diego Ruiz Linares

Dña Mª del Mar contreras Rodríguez

D.  Rafael Martín-Ambel Gómez

D. Juan Luis del Moral Cambil

D. Antonio Hormigo Cobos

D. Diego Ruiz Linares

Dña Rosa María Cantón Marín

Dña Carmen Aguirre Dionisio

D. Antonio Jiménez Hoces

Dña. Mariana Carabaño Moral

D. José Sáez Maldonado

D. Francisco J. Sánchez Rodríguez

Dña Rosa María Cantón Marín

Dña Carmen Aguirre Dionisio

D. Antonio Jiménez Hoces

Dña. Mariana Carabaño Moral

D. José Sáez Maldonado

D. Francisco J. Sánchez Rodríguez

Dña Rosa María Cantón Marín

Dña Carmen Aguirre Dionisio

D. Antonio Jiménez Hoces

Dña. Mariana Carabaño Moral

D. José Sáez Maldonado

D. Francisco J. Sánchez Rodríguez

D. Francisco J. Sánchez Rodríguez

D. Diego Ruiz Linares

LPH a 12-12-2019 Leg_Ley num. 49-1960, de 21 julio_RCL_1960_1042


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Estatutos del colegio


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LAU a 12-12-2019 Leg_Ley num. 29-1994, de 24 noviembre_RCL_1994_3272


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Información económica


EMPRESA FECHA OBJETO
SECTOR REPARACIONES Y CONSTRUCCIONES
GOYA 3 28/9/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
ALHAMBRA VERTICAL 26/10/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
MURPROTEC 3/1/2019 Prorrogable automática y tácitamente Designación de un técnico, visita, diagnóstico, garantías de hasta 30 años, asesoramientos, formación, descuentos específicos.
CEBRIAN IMPERMEABILIZANTES Y AISLAMIENTOS 31/1/2019 Prorrogable automática y tácitamente Atención preferente, visitas y presupuestos gratuitos, asesoramiento, búsqueda de soluciones.
PINTURSA 31/10/2019 Prorrogable automática y tácitamente
ARTECSO 18/2/2021 Prorrogable automática y tácitamente Bonificaciones técnicas y económicas en servicios de construcción y técnicos.
SECTOR LIMPIEZAS
MASVALIA 8/2/2018 Prorrogable automática y tácitamente 5% de descuento en las 3 primeras facturas en contratos de prestación de servicios, minimo duración 1 año.
LIMPIEZAS TROPIK 8/2/2018 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
SERINCO 29/5/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
DOMOS 30/5/2017 Prorrogable automática y tácitamente
LIMPIEZAS BRUSELAS 12/2/2021 Prorrogable automática y tácitamente
SECTOR SUMINISTRO ELÉCTRICO
WATIUM 24/1/2018 Prorrogable automática y tácitamente Optimización de potencia, precios competitivos, oficina online.
ELECTIAPLUS 14/2/2021 Prorrogable automática y tácitamente Estudios personalizados sobre ahorro en el suministro y estudios ratuitos de optimización de potencia.
SECTOR PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES / CONSULTORÍA
GRUPO ISONOR 12/9/2019 Prorrogable automática y tácitamente Consultoría y PRL, Protección de datos, formación, sistemas de gestión, asesoramientos técnico y jurídico.
SECTOR ASCENSORES
SCHINDLER 18/3/2021 Prorrogable automática y tácitamente Servicio de asesoramiento técnico y soluciones de movilidad, charlas informátivas mejora EE, schindler ahead.
SECTOR JARDINERÍA
ARBORICULTURA GRANADA 23/11/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
SECTOR SEGUROS
BROKALIA 2/11/2017 Prorrogable automática y tácitamente Bonificaciones y descuentos en primas de seguros.
MUTUA DE PROPIETARIOS 26/10/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos y bonificaciones en tarifa de la empresa.
SEGUROS J. CASTILLO 18/6/2020 Prorrogable automática y tácitamente Consultor y tramitador siniestros exclusivo, seguimiento de las actuaciones del equipo de reparaciones.
YOLANDA GÓMEZ (AGENTE EXCLUSIVO GENERALI) 5/12/2019 Prorrogable automática y tácitamente Auditoría gratuita de proyectos de seguros, atención personalizada, gestión directa de siniestros, importante descuentos a las cdad.
SECTOR PROGRAMAS DE GESTIÓN
IESA 26/2/2018 Prorrogable automática y tácitamente Condiciones ventajosas por la adquisión de sus productos.
SECTOR GASOIL Y MANTENIMIENTO DE CALDERAS
OTECLIMA 16/5/2017 Prorrogable automática y tácitamente Instalación, reparación y mantenimiento de instalaciones térmicas y venta de gasoil.
REPSOL 13/11/2017 Prorrogable automática y tácitamente Precio preferente, suministro antes 24 horas, entrega anual guia repsol y atención personalizada jefe provincial.
SECTOR PUERTAS AUTOMÁTICAS
PUERTAS ALBERTO RODRÍGUEZ 8/6/2017 Prorrogable automática y tácitamente
SECTOR BANCOS
CAJA RURAL DE GRANADA 11/7/2019 Prorrogable tácitamente Condiciones financieras ventajosas para los colegiados y sus comunidades
BANCO SABADELL 25/4/2012 Prorrogable tácitamente Condiciones financieras ventajosas para los colegiados y sus comunidades
SECTOR INSTALACIONES ELECTRÍCAS / ANTENAS
GRUPO RODYCH 2/11/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
GRUP LUFER 26/10/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
SECTOR PROTECCIÓN DE DATOS
GRUPO IWI 6/6/2017 Prorrogable automática y tácitamente Descuentos especiales.
KDOS CONSULTING 26/04/2018 Prorrogable automática y tácitamente Adaptación del despacho, asesoramiento continuo y descuentos.
CON OTROS COLEGIOS PROFESIONALES
COLEGIO APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS 14/9/2017 Prorrogable tácitamente Intercambio de conocimientos y experiencias para mejorar la calidad de los servicios de ambos colegios.
COLEGIO DE ARQUITECTOS DE GRANADA 24/10/2019 Prorrogable automática y tácitamente Prestación, por parte de los arquitectos del COAG y habilitados, los servicios requeridos por administradores en el CAFG.

Los cargos que desempeñan los colegiados en la junta de gobierno serán honoríficos y no retribuidos. (Art. 21 de los Estatutos).

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